Desgravar en la renta los gastos de los servicios domésticos II
Limpieza doméstica

Desgravar en la renta los gastos de los servicios domésticos II

12-02-2019Itsaso

Imagínese que al contratar servicios domésticos para limpieza de su hogar pueda obtener una deducción fiscal del 60% en la declaración de la renta de los gastos incurridos en el año: ¿desgravar los gastos de servicios domésticos?

Imagínese vivir en un lugar en que, todas las personas puedan reclamar un crédito fiscal siempre que sean el beneficiario y el pagador de los servicios domésticos.

Imagínese vivir en un lugar en que, las personas domiciliadas en España a efectos fiscales puedan beneficiarse de deducciones en la Renta de los gastos incurridos en la contratación de servicios domésticos. Desgravar los gastos de servicios domésticos no es na fantasía.

Una deducción equivalente al 60% del crédito fiscal que pueden reclamar con respecto al año 2018

Imagínese vivir en un lugar en que, pueda beneficiarse de un crédito fiscal del 60% de los gastos incurridos en la contratación de servicios domésticos, no solo de su residencia principal, sino también de su segunda vivienda cuando vaya de vacaciones.

Imagínese vivir en un lugar que, a principios del año las empresas de servicio doméstico le envían un certificado de impuestos a todas las familias en las cuales se realizaron y se pagaron los servicios de limpieza y planchado. Un certificado que refleja el montante de las sumas realmente pagadas por las familias.

Obtener ventajas fiscales de hasta 6.000€ en gastos de limpieza y plancha

Imagínese vivir en un lugar en que, si el contribuyente no está sujeto a impuestos o, si el montante de sus impuestos es menor al montante del crédito fiscal al que tiene derecho a deducirse, reciba un cheque del Estado correspondiente al excedente.

Imagínese vivir en un lugar en que, la deducción en la declaración de la Renta se aplica a todos los servicios personales y domésticos de los que se benefician las familias.

Cada hijo aumenta el crédito fiscal en 750€ en gasto de limpieza y plancha

Imagínese vivir en un lugar en que, el montante máximo del crédito fiscal se determine de acuerdo a la situación personal.

Imagínese vivir en un lugar en que, el contribuyente que ha deducido sus gastos en servicios domésticos se le pagara en el momento de la liquidación de la declaración de la Renta.

O si un miembro de la familia tiene más de 65 años de edad

Imagínese vivir en un lugar en que, se beneficien las familias como el ejemplo siguiente:

Carmen y Pedro contratan los servicios de una empresa de limpieza por horas para la realización de tareas de limpieza y plancha siendo el montante total de las facturas abonadas en el año 2017 de 3.000€.

En el año 2017 obtienen un crédito fiscal de 1.500€ que se liquida en el 2018 en el mismo momento de presentar la declaración de la Renta.

En el año 2018, la suma total gastada en servicios domésticos es de 4.000€, es decir obtienen un crédito fiscal de 2.000€.

En enero del año 2019 obtienen un cálculo y pago anticipado de 900€ (60% del crédito fiscal del 2017).

En julio del año 2019 se paga el saldo del crédito fiscal: 1.100€ (crédito fiscal del 2018 - depósito ya pagado = € 2.000 - € 900).

Implantar un sistema que haga frente a los movimientos de dinero negro.

Imagínese vivir en un lugar en que, el pago en efectivo no pueda dar lugar a la emisión de un certificado de impuestos y, por lo tanto, no permita beneficiarse de un posible beneficio fiscal.

Imagínese vivir en un lugar en que, deba adjuntar el certificado de impuestos enviado por la empresa de servicios domésticos y conservar sus facturas en caso de control.

Solo la persona que recibe servicios personales y quien paga por estos beneficios puede considerar recibir el crédito fiscal relacionado

Imagínese vivir en un lugar en que, los hijos puedan pagar los gastos domésticos de sus progenitores, y, además, beneficiarse de las ventajas fiscales relacionadas con sus gastos de limpieza o planchado.

Imagínese vivir en un lugar en que, cuando los padres están separados y que justifican una custodia alternativa del (los) hijo (s), el beneficio fiscal se puede considerar distribuido equitativamente entre ellos (750 € de aumento del límite máximo para cada padre si tienen un niño, 1.500 € cada uno si tienen 2 niños o más).

¿Verdad que cuesta imaginar un lugar así? ¿Por qué aquí no y en otros lugares sí?

Lo expuesto hasta ahora, ocurre en uno de nuestros países vecinos, donde esta medida, en concreto, ha sido puntera en el mundo del servicio doméstico.

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