Solicitud para la revisión y valoración de la dependencia
Ayuda domiciliaria

Solicitud para la revisión y valoración de la dependencia

22-05-2015Diego

¿Se puede solicitar la valoración de la dependencia para el cuidado de personas mayores?

Cuando los equipos de valoración de la dependencia acuden al domicilio de la familia que ha solicitado una evaluación de la situación de dependencia para el cuidado de una persona mayor realizan una recopilación de información para planificar las posibles prestaciones que puedan ser más adecuados para la persona valorada.

Las personas solicitantes que se encuentren en situación de inestabilidad clínica y funcional deberán esperar a la estabilización de dicha situación para ser valoradas

Pero, ¿qué se puede hacer si no se está de acuerdo con la valoración? Cualquier persona que haya sido valorada y esté en desacuerdo con su grado o no grado y con su programa individual de atención, porque no recoge debidamente su situación de dependencia, puede presentar una reclamación por escrito alegando los motivos del desacuerdo. Para ello, la persona dispone del plazo de un mes.

La valoración de la situación de dependencia se fundamenta en las dificultades de la persona para desenvolverse en las actividades básicas de su vida cotidiana, y no solo en su situación de salud.

Y si pasado un tiempo, el nivel de dependencia cambia sustancialmente, ¿se puede revisar el grado de dependencia? Existen dos circunstancias por las cuales se puede solicitar una revisión:

  • Que hayan transcurrido dos años desde la anterior valoración.
  • Aunque no hayan transcurrido dos años, un informe de salud avale un cambio sustancial de la situación de dependencia.

En circunstancias excepcionales, se podrá reconocer la situación de dependencia de forma provisional, estableciendo una fecha de revisión, pudiendo la persona acceder a los servicios y prestaciones también de manera provisional.

Si ha solicitado anteriormente el reconocimiento de la situación de dependencia deberá acreditar la fecha y la Comunidad Autónoma en que la solicitó. La documentación que se requiere para la revisión del grado de dependencia será la siguiente:

  1. Solicitud debidamente firmada.
  2. Informe de salud que avale el cambio de la situación de dependencia.
  3. Certificado de empadronamiento actualizado.

El plazo máximo para resolver y notificar será de dos 2 meses a contar desde la recepción de la solicitud en el Departamento de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia, teniendo carácter negativo la falta de resolución expresa transcurrido el período indicado.

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