Asistencia domiciliaria: servicio en régimen de interinidad

Asistencia domiciliaria: servicio en régimen de interinidad

16-10-2017Itsaso

¿Tu empleada del hogar está de baja y necesitas una sustitución para la asistencia domiciliaria? ¿Tienes dudas sobre la contratación en régimen de interinidad?

Cuando te quedas sin asistencia domiciliaria de forma repentina, puede que necesites continuar con el servicio doméstico porque el anterior empleado cuidaba diariamente de tu madre o de tu padre, que no pueden quedarse solos. Estos casos suelen ser los más urgentes. ¿Cómo conseguir enseguida una sustitución? Si contratas a una empresa que seleccione y gestione la ayuda a domicilio, ésta se encargará de una nueva contratación inmediata, en régimen de interinidad.

¿Qué es el régimen de interinidad?

Cuando hablamos sobre el régimen de interinidad, nos referimos a una sustitución laboral temporal con la persona sustituta, mientras el empleado sustituido se encuentra de baja y tiene derecho a volver a incorporarse cuando se recupere de su enfermedad, accidente, etcétera. Por ello, cuando el sustituido se reincorpora, debemos tramitar un nuevo contrato para el sustituto en el caso de querer mantenerlo en el servicio. De lo contrario, el trabajador estaría trabajando sin contrato, ya que finalizaría el contrato en el régimen anterior.

¿El salario debe ser el mismo?

Una de las preguntas frecuentes gira en torno al salario del empleado. Debemos tener en cuenta que el salario que el contratado en régimen de interinidad puede alterarse ligeramente, pero siempre que nos movamos en el mismo tramo de bonificación en el que se encuentra el sustituido. Este trato igualitario supone un derecho fundamental del trabajador sustituto.

¿Puedo alterar el número de horas laborables?

En el caso de la cantidad de horas trabajadas, no es posible cambiarlas. El sustituto debe trabajar el mismo número de horas que el sustituido. Sin embargo, podríamos alterar ligeramente la clase de trabajo que el anterior empleado solía ejercer. Todo ello, así como el motivo de la sustitución, debe ir bien explicado por escrito (este detalle resulta imprescindible). Cabe mencionar que, en el caso de necesitar un servicio adicional al que solíamos recibir, la solución legal sería realizar otro contrato, además del temporal por sustitución, para aquellas horas que no podríamos cubrir con el contrato de interinidad.

Asistencia domiciliaria en Vizcaya: en Bilbao y Getxo

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